Hay una pregunta que los equipos de riesgo y sostenibilidad de los bancos costarricenses van a tener que responder pronto: ¿de dónde vienen los datos que necesitamos para reportar bajo NIIF S2 y cadena de suministro? La respuesta incómoda es que, en su mayoría, no están adentro del banco. Están en los proyectos que el banco financia, en las constructoras que ejecutan esas obras, en los proveedores de materiales que nadie ha contactado todavía para pedirles nada relacionado con emisiones.

¿Qué obliga a reportar NIIF S2, concretamente?

El ISSB emitió dos normas complementarias. NIIF S1 pide revelar todos los riesgos y oportunidades de sostenibilidad que impacten materialmente las finanzas de la organización. NIIF S2 se ocupa del clima en particular.

Para los bancos, la parte más exigente de NIIF S2 no es medir el consumo energético de sus oficinas ni las emisiones de su flota vehicular. Eso es lo fácil. Lo que realmente demanda el estándar es cuantificar y revelar las emisiones financiadas: las emisiones de gases de efecto invernadero que provienen de los proyectos, empresas y activos que el banco financia con sus préstamos e inversiones.

En la terminología del estándar, estas emisiones quedan clasificadas en el Alcance 3, Categoría 15. En diciembre de 2025, el ISSB emitió enmiendas a NIIF S2 para aclarar el alcance de esa categoría: los bancos pueden limitar la medición a las emisiones directamente vinculadas a sus préstamos e inversiones, sin tener que incluir las actividades de banca de inversión ni los seguros. Una simplificación bienvenida, aunque no cambia el problema de fondo: los datos siguen estando afuera del banco.

Dato normativo clave: En Costa Rica, el Acuerdo CONASSIF 6-18 (versión 25, vigente desde enero de 2026) estableció que las entidades supervisadas por SUGEF, SUGEVAL, SUPEN y SUGESE deben presentar su primer informe bajo NIIF S1 y S2 en 2028, reportando datos del cierre fiscal 2027. El levantamiento de información en la cadena de suministro debe iniciar en 2026 para llegar con datos suficientes al cierre fiscal 2027.

Por qué el cumplimiento del banco empieza en su cadena

La lógica que subyace a NIIF S2 replica, en el sector financiero, la arquitectura de responsabilidad por alcances que aplica a cualquier empresa. El banco tiene emisiones directas (Alcance 1), emisiones indirectas de su consumo energético (Alcance 2) y emisiones en su cadena de valor (Alcance 3). La diferencia con una empresa manufacturera es que la cadena de valor de un banco está compuesta, en buena parte, por los proyectos y organizaciones que financia.

Esto genera un efecto en cascada que se puede ilustrar con un ejemplo del sector habitacional costarricense:

  1. Un banco ejecutor financia proyectos de vivienda con recursos del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
  2. Esos proyectos implican construcción: materiales, maquinaria, transporte, demolición, residuos.
  3. Las emisiones de esa construcción son, bajo la lógica del Alcance 3 Categoría 15, emisiones financiadas del banco.
  4. Para reportarlas bajo NIIF S2, el banco necesita que los desarrolladores y constructores le entreguen esos datos.
  5. Sin esos datos, el banco no puede calcular su exposición climática ni cumplir con el estándar.

La cadena no se detiene en los desarrolladores. Incluye proveedores de materiales de construcción, empresas de transporte y logística, y cualquier proveedor cuya operación genere emisiones atribuibles al proyecto financiado. Cada eslabón que no mide transfiere incertidumbre hacia arriba. Y esa incertidumbre, al final, la absorbe el banco.

¿Qué datos concretos debe solicitar un banco a su cadena?

La pregunta que más se repite en los equipos de sostenibilidad de los bancos que están empezando este proceso es concreta: ¿qué le pedimos exactamente a nuestras contrapartes? La respuesta se organiza en cuatro categorías:

Categoría de dato Qué se solicita Para qué sirve en el reporte
Emisiones del proyecto Emisiones de Alcance 1 y 2 de la actividad financiada (construcción, operación) Base para calcular emisiones financiadas del banco (Alcance 3, Cat. 15)
Exposición geográfica Ubicación de los proyectos y análisis de riesgos físicos (inundación, deslizamiento, sequía) Cuantificación de riesgos físicos en la cartera bajo NIIF S2
Eficiencia energética Certificaciones o métricas de consumo energético de los activos financiados Riesgos de transición: activos con alta huella pueden desvalorizarse ante regulación futura
Gobernanza ESG Políticas ambientales, sistema de gestión de emisiones, compromisos de reducción Evaluación de riesgo de transición de la contraparte bajo NIIF S1

Ninguno de estos datos existe hoy de forma sistematizada en la mayoría de las empresas que integran la cadena de suministro de los bancos costarricenses. Eso no es una crítica: nadie les ha pedido estos datos antes. El problema es que en 2027 el banco va a necesitarlos, y pedírselos ese año será tarde.

El mapa de ruta: cuándo actuar para llegar a tiempo

El calendario normativo es claro. Lo que no siempre es evidente es cuánto tiempo toma construir los sistemas de recolección de datos necesarios. Con base en el trabajo de acompañamiento con entidades financieras en la región, llegar preparado al cierre fiscal 2027 requiere al menos 18 meses de trabajo previo. Lo que implica, sin rodeos, que el trabajo empieza ahora.

2026
Diagnóstico de madurez de datos en la cadena: identificar qué proveedores y contrapartes tienen capacidad de medir y reportar emisiones. Diseñar los instrumentos de recolección.
2027
Implementación del sistema de recolección de datos con la cadena de suministro. Primer ciclo de levantamiento de emisiones financiadas. Análisis de escenarios climáticos. Cierre fiscal 2027: los datos de este año serán la base del primer reporte.
2028
Presentación del primer informe bajo NIIF S1 y S2, reportando datos del cierre fiscal 2027. Obligatorio para entidades supervisadas por CONASSIF y grandes contribuyentes.

El nudo está en 2026. Las entidades que arranquen el diagnóstico y el diseño de instrumentos este año tendrán datos utilizables al cierre de 2027. Las que esperen a 2027 para comenzar llegarán al primer reporte sin información verificable de su cadena. Y no hay forma de fabricar dos años de datos en tres meses.

El problema que nadie está resolviendo todavía

Hay algo que pocas entidades han puesto sobre la mesa con suficiente claridad: los proveedores, desarrolladores y empresas que integran la cadena de suministro de los bancos no saben que les van a pedir datos de sostenibilidad. La obligación normativa recae sobre el banco, pero la capacidad de cumplirla depende de actores que hoy no están preparados y, en muchos casos, no están enterados de que esto se viene.

Por eso el enfoque que funciona no es diseñar un formulario y enviarlo por correo esperando que alguien lo llene. Es construir la capacidad de medición en la cadena antes de que el banco la necesite. Eso implica cosas concretas:

Lo que cambió en diciembre de 2025: el ISSB emitió enmiendas a NIIF S2 que permiten a los bancos limitar su reporte de Alcance 3 Categoría 15 a las emisiones de préstamos e inversiones directas. Eso simplifica el perímetro, pero no elimina el problema central: las emisiones de los proyectos financiados siguen siendo el insumo que el banco necesita de su cadena para poder calcular cualquier cosa.

Qué pasa si el banco no actúa

El incumplimiento con NIIF S2 puede derivar en observaciones regulatorias de CONASSIF. Eso es lo obvio. Pero hay consecuencias que van más allá del regulador y que ya se están viendo en mercados donde el estándar lleva más tiempo de aplicación.

La primera es un riesgo de cartera que el banco ni siquiera sabe que tiene. Si no conoce la exposición climática de los proyectos que financia, tampoco puede incorporar ese riesgo en sus modelos de calificación crediticia. Un activo inmobiliario en zona de inundación cuyo riesgo climático nunca fue evaluado es una posición de riesgo no provisionada. El banco lo financió, lo tiene en cartera, y no lo sabe.

La segunda es una restricción de acceso a fondos internacionales. Los inversionistas institucionales, fondos de desarrollo multilateral y bancos de segundo piso con los que operan muchas entidades costarricenses ya exigen información ESG verificable para canalizar recursos. Una entidad que no pueda reportar sus emisiones financiadas empieza a quedar fuera de esas conversaciones.

La tercera es más difusa pero igual de real: el posicionamiento frente a clientes corporativos y empresas que ya tienen sus propias obligaciones ESG y que, para cumplirlas, necesitan trabajar con proveedores de servicios financieros que también las tengan. Ese mercado existe y está creciendo.

De la norma a la práctica: las tres capacidades que hay que construir

La distancia entre lo que exige NIIF S2 y lo que tiene hoy un banco costarricense promedio es considerable. La norma requiere datos verificables, con metodología trazable y susceptibles de aseguramiento externo. Lo que tienen la mayoría de las entidades son, en el mejor de los casos, estimaciones de consumo energético propio. Sin un solo dato de las carteras de crédito.

Cerrar esa brecha requiere construir tres capacidades que hoy no están articuladas en casi ninguna entidad del sistema:

Ninguna de estas capacidades aparece sola. Requieren diseño metodológico, acompañamiento técnico y tiempo suficiente para iterar antes del primer reporte obligatorio. Para estructurar ese proceso, puede consultar nuestra Hoja de Ruta NIIF S1 y S2 y la Guía Operativa de implementación para Costa Rica.

Preguntas frecuentes

¿Qué son las emisiones financiadas bajo NIIF S2?
Las emisiones financiadas son las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas a los préstamos e inversiones que realiza una entidad financiera. Bajo NIIF S2, los bancos deben reportarlas como parte del Alcance 3, Categoría 15. Las enmiendas del ISSB de diciembre de 2025 permiten limitar esta medición a las emisiones directamente financiadas mediante préstamos e inversiones, sin incluir emisiones facilitadas por actividades de banca de inversión o seguros.
¿Cuándo deben reportar los bancos costarricenses bajo NIIF S2?
Las entidades supervisadas por CONASSIF, incluyendo los bancos supervisados por SUGEF, deben presentar su primer informe bajo NIIF S1 y S2 en 2028, reportando datos del cierre fiscal 2027. Esto significa que el levantamiento de datos en la cadena de suministro debe iniciar en 2026 para tener información verificable al momento del primer reporte.
¿Qué datos concretos deben pedir los bancos a sus desarrolladores y proveedores?
Los bancos deben solicitar datos de emisiones de Alcance 1 y 2 de los proyectos financiados, información sobre exposición geográfica a riesgos climáticos físicos, eficiencia energética de los activos construidos y calidad de la gobernanza ambiental de sus contrapartes. Sin estos datos, el banco no puede calcular sus emisiones financiadas ni cumplir con NIIF S2.
¿Es obligatorio para todas las entidades del sistema financiero costarricense?
La obligación aplica a las entidades supervisadas por CONASSIF (bancos, cooperativas financieras, aseguradoras, operadoras de pensiones y emisores de valores) y a los Grandes Contribuyentes ante la Dirección General de Tributación. Para el resto de las empresas privadas, la adopción sigue siendo voluntaria hasta que la normativa indique lo contrario.

¿Su entidad ya sabe qué datos va a pedir a su cadena?

Innoval trabaja con entidades financieras en el diseño de marcos de recolección de datos, cálculo de emisiones financiadas e implementación de NIIF S1 y S2. Somos miembros del IFRS Sustainability Consultant Content Programme.

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